En atención de diferentes personas y profesionales distinguidos, que me hicieron el favor de leer mi columna, LA COORDINACIÓN DE LAS CORPORACIONES POLICIACAS, y por lo interesante de este correo que llegó a mi bandeja; del experimentado abogado Óscar Cárdenas Verdugo, con mucho gusto se los trasmito.La autoridad como estructura jurídica y política, justifica su existencia inicial y por cumplir la misión de generar condiciones de seguridad y de administrar justicia. La venganza privada no va acorde con una sociedad civilizada como la de Los Estados Unidos Mexicanos, la venganza privada es propia del caos, de la barbarie y de los arranques emocionales, en los estados con ausencia de justicia.
Los fines sociales de bienestar, no pueden ser alcanzados, cuando existe terror en la población, no es posible disfrutar de calles, unidades deportivas, parques, jardines, distribuidores viales, instituciones educativas, etc., si por ellos se transita con pánico.
Ya se está viviendo ese temor, ese terror. La practica de protegerse “pecho a tierra”, dentro de los domicilios para evitar ser heridos por balaceras, empieza a ser algo cotidiano, por ejemplo en Nogales. El encontrar cadáveres con huellas de brutal ferocidad, también se está haciendo cotidiano.
Somos sabedores de la complejidad del problema, pero también sabemos que las autoridades no están realizando las acciones suficientes para eliminarlo, y ante la impunidad y frecuencia ascendente con que se desarrollan las acciones violentas de este tipo, éstas se ven alentadas y por ello multiplicadas, constituyéndose ya como una actividad común y corriente, generando mas confianza para los delincuentes, terreno mas fértil para la ausencia del estado de derecho y un creciente pánico para la población en general.
Cuando existe temor en la ciudadanía que nada debe, aparece entonces una situación de alerta, de emergencia, pues las amenazas de tragedias se transforman en riesgo común para niños, mujeres, ancianos y personas en general, que nada tienen que ver con los conflictos que las provocan.
Por ello los ciudadanos no deben permanecer al margen, mucho menos conformarse con el actual estado de cosas.
El tema de la seguridad, compete en términos de los artículos 115 y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a los tres niveles de gobierno, tanto en lo preventivo, como en lo persecutorio y en lo sancionador. Para optimizar resultados en materia de seguridad, la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios tienen él deber de coordinarse para establecer un sistema nacional de seguridad pública.
CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS,
TITULO PRIMERO,
CAPITULO 21 DE LAS GARANTIAS INDIVIDUALES
“ … LA SEGURIDAD PUBLICA ES UNA FUNCION A CARGO DE LA FEDERACION, EL DISTRITO FEDERAL, LOS ESTADOS Y LOS MUNICIPIOS, EN LAS RESPECTIVAS COMPETENCIAS QUE ESTA CONSTITUCION SEÑALA….”
CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS,
TITULO QUINTO DE LOS ESTADOS DE LA FEDERACION Y DEL DISTRITO FEDERAL
ARTICULO 115
III.- “ …LOS MUNICIPIOS TENDRAN A SU CARGO LAS FUNCIONES Y SERVICIOS PUBLICOS SIGUIENTES…”
H.- “…SEGURIDAD PUBLICA, EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 21 DE ESTA CONSTITUCION, POLICIA PREVENTIVA MUNICIPAL Y TRANSITO….”
Si el índice de criminalidad aumenta, es porque las acciones preventivas no se dan o no funcionan adecuadamente, y ello responsabiliza a la autoridad municipal. Si no existen detenciones de personas involucradas en los delitos recurrentes, revela ineficacia de las autoridades persecutorias estatales y federales. Si lo anterior falla, tampoco se puede esperar que exista imposición de pena alguna en contra de los autores de los delitos, y todo ello desborda en IMPUNIDAD, lo cual fomenta la comisión de más ilícitos.
Debemos como ciudadanos, solicitar a las autoridades involucradas en el tema, lo siguiente:
Se practique un diagnostico objetivo, serio, claro genuino, verídico e inmediato; en el que se determine la situación imperante en materia de seguridad, el cual incluya las causas y factores que lo han desbordado.
Se dé a conocer en forma expedita dicho diagnostico a la sociedad, como medida de generar confianza en que efectivamente se habrá de atacar la raíz del problema.
Se reconozca que el renglón de seguridad, compete en términos de los artículos 115 y 21, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a los tres niveles de gobierno, y se ejerza la obligación constitucional de eficientar el sistema nacional de seguridad pública, orientado a solucionar el problema existente.
Que apartándose de posturas políticas partidistas y de cualquier otro tipo, se proceda de inmediato a generar estrategias conjuntas y coordinadas, en las que se especifiquen puntualmente, las acciones y tareas a realizar, se distribuyan de acuerdo a la competencia de los tres niveles de gobierno y se establezcan plazos en que se llevarán a cabo. cardenas_abogados@prodigy.net.mx
Roberto Fleischer Haro egresado de la cuarta generación de la Escuela de Policía. Registro Nacional de Seguridad FEHR440205H26223583 e. Mail rfleischer_44@hotmail.com
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